Apuesta del Gobierno clave en el año electoral. Los números
de la Casa Rosada. Prevén que se vuelque al mercado esa cifra en tres meses. Se
beneficiarían 1,5 millón de contribuyentes. Quieren mostrar signos de
recuperación. Luego confían en que industria vuelva a crecer.
La gran apuesta del Gobierno para levantar el consumo
interno, apalancar el crecimiento de la economía y, eventualmente, mejorar el
humor del votante para las elecciones legislativas de este año empieza a tomar
forma. Desde esta semana y hasta los primeros días de enero, casi 1,5 millón de
trabajadores en relación de dependencia comenzarán a cobrar las mejoras en el
Impuesto a las Ganancias; y se estima que entre febrero y abril se volcarán al
mercado local unos 10.000 millones de pesos. Según la especulación oficial, ese
dinero, por el público beneficiado, iría casi directamente a gasto de las
familias, lo que potenciaría la demanda interna en momentos en que más necesita
el Gobierno mostrar signos de reactivación. Luego, siguiendo las esperanzas
oficiales, desde mayo y junio vendría el tiempo de la reacción de sectores como
la construcción pública y privada, la industria automotriz y la petrolera, y el
crecimiento de la economía pasaría a mostrarse con otros actores más
estructurales. Pero hasta ese momento, la esperanza es Ganancias.
Entre febrero y abril serán los tres meses de mayor
repercusión de la mejora. Desde las liquidaciones de los sueldos de abril y
mayo paulatinamente los salarios comenzarán a tener las mejoras producto de las
paritarias de este año y, en consecuencia, volverán a estar muchos afectados
por Ganancias. Si bien cobrarán más, la mejora volverá a estar afectada y otra
vez la capacidad de compra algo disminuida. Por esto el Gobierno sabe que estos
tres meses que comienzan en febrero son fundamentales.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo
su parte y reglamentó en tiempo y forma la manera de liquidar los sueldos de
enero con las mejoras aprobadas en diciembre por el Congreso Nacional y que el
organismo que maneja Alberto Abad reglamentó a fin de año. Sólo se deberá
esperar una parte de los beneficios, que aún el organismo no reglamentó: la
deducción de los alquileres, viáticos y horas extras. En este caso se
publicarán en los próximos días, con lo que no se llegó finalmente a tiempo
para aplicarlos en las liquidaciones de los sueldos de este mes. La mejora
igualmente se podrá pagar retroactivamente en la liquidación de febrero, con lo
que los beneficiarios en estos tres descuentos tendrán en marzo (cuando cobren
el mes anterior) un pago extra.
Mientras tanto, ya están vigentes las reglamentaciones
generales que corresponden a la Ley 27.346 que aprobó el Congreso en la última
semana de diciembre de 2016, luego de un serio conflicto político entre el
Gobierno y la oposición y que luego derivó en el acuerdo con la CGT.
Con esto ya está habilitado el nuevo esquema, que eleva al
impuesto a un nuevo mínimo no imponible de 37.000 pesos brutos (30.500 de
bolsillo) para casados con dos hijos, y a 27.941 pesos brutos (23.200 de
bolsillo) para solteros. Además se mantienen las deducciones por hijo, cónyuge,
padres y empleada doméstica. También la obligación para los jubilados de
comenzar a tributar cuando sus haberes superen los $30.000 mensuales; la
posibilidad de liquidar un 5% para los nuevos trabajadores que se vayan
incorporando el régimen. Todas estas mejoras se podrán aplicar ya en enero. La
AFIP también reglamentará en las próximas semana la manera de calcular la
liquidación de Ganancias para los aguinaldos, para que los trabajadores no vean
alteradas sus liquidaciones ni las bandas por el plus del pago del Salario
Anual Complementario. En este caso la base exenta comenzará en los $37.000 brutos
de sueldo (un medio aguinaldo de algo más de $15.000 en mano) para trabajadores
en pareja y con dos hijos y de $27.941 (brutos) para quienes no descuenten por
cónyuge ni hijos.
Los tres ítems que aún quedan por reglamentar por parte de
la AFIP son los viáticos (incluyen las deducciones al 40% de lo que se cobre
por viáticos; con un tope de $2.000 mensuales), horas extras (en los feriados y
días no laborables se deducen al 100%; mientras que las horas extras no pueden
hacer saltar de escala a los contribuyentes), y los alquileres. En este caso se
podrá deducir hasta el 40% del monto abonado por alquileres, con un tope de
$4.000 mensuales. El beneficio sólo rige para los trabajadores que no posean
ningún tipo de inmueble, "cualquiera sea su proporción".
Fuente: ámbito.com
Resistencia, 26 de enero de 2017

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