La Comisión Nacional de Valores (CNV) reglamentó este lunes las facilidades dispuestas la semana pasada por el Banco Central para reinvertir los fondos obtenidos por rentas y acreencias sin necesidad de depositarlos en una cuenta bancaria personal.
"Se torna necesario permitir que los fondos que reciban las personas humanas en concepto de rentas y acreencias puedan ser reinvertidos sin requerir que se acrediten y luego debiten en una cuenta bancaria del tenedor de los valores negociables", sostiene la Resolución 647/2015, publicada en el Boletín Oficial.
"Es importante consentir que los fondos recibidos por personas humanas en cuentas de custodia locales, en concepto de rentas y acreencias de valores negociables, puedan ser destinados a la liquidación de compra de valores negociables instruidas por los beneficiarios de los fondos", agregó.
La norma firmada por el titular de la CNV, Cristian Girard incorpora los cambios al artículo 28 de la Sección VIII del Capítulo I del Título VIII "AGENTES DE DEPÓSITO COLECTIVO. AGENTES DE CUSTODIA, REGISTRO Y PAGO" de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.).
El jueves pasado el Banco Central aprobó una modificación del mecanismo actual, a partir del cual los inversores debían girar sus tenencias en moneda en extranjera desde la cuenta custodia hacia su cuenta bancaria personal, para luego volver a transferir esos valores hacia su agente bursátil y de esta forma concretar la reinversión.
Desde ahora, según informó la entidad, quedó habiltada "la alternativa de que este tipo de inversores que instruyan directamente a sus agentes bursátiles la aplicación de dichos fondos a la inversión en otros valores en moneda extranjera desde su cuenta de custodia".
Antes del pago del Boden 2015, la medida del Central buscar evita tener que convertir los valores en moneda extranjera a pesos para poder realizar otra operación financiera. La resolución de la CNV oficializa ese beneficio para los inversores.
Fuente: Ambito
Mostrando entradas con la etiqueta CNV. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta CNV. Mostrar todas las entradas
lunes, 5 de octubre de 2015
sábado, 26 de septiembre de 2015
El Gobierno publicó la medida de CNV criticada por el mercado
La resolución 646 fue publicada hoy en el Boletín Oficial, según informaron fuentes del Ministerio de Economía, sin modificaciones. Consiste en que los títulos en manos de los Fondos Comunes de Inversión se liquiden por el valor del dólar tipo comprador del Banco Nación
El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la polémica medida dispuestapor la Comisión Nacional de Valores (CNV).
A través de la misma, se obliga a computar al tipo de cambio oficial los activos en dólaresde los fondos comunes de inversión.
Hasta hace unos días, se consideraban al precio del contado con liquidación que surge de la compraventa de títulos públicos y acciones.
A través de la misma, se obliga a computar al tipo de cambio oficial los activos en dólaresde los fondos comunes de inversión.
Hasta hace unos días, se consideraban al precio del contado con liquidación que surge de la compraventa de títulos públicos y acciones.
La Resolución General 646/2015 generó mucho malhumor en la plaza bursátil y deplomó las cotizaciones.
En tanto, a los fondos Comunes de Inversión les significa una importante pérdida patrimomial.
No es para menos, ya que aquellos activos dolarizados que hasta la semana pasada tenían en cartera y contabilizaban a $14,20, ahora lo deberán registrar a un 30% menos (9,40, que es el tipo de cambio oficial).
No es para menos, ya que aquellos activos dolarizados que hasta la semana pasada tenían en cartera y contabilizaban a $14,20, ahora lo deberán registrar a un 30% menos (9,40, que es el tipo de cambio oficial).
La normativa dice:
- Que en virtud de no encontrarse regladas dichas valuaciones, la utilización de distintos criterios puede traer aparejado una falta de transparencia y una posible distorsión del monto que resulta de la valoración de las carteras de inversiones de los fondos y, por consiguiente, del valor diario de la cuotaparte.
- Que con el fin de lograr una debida transparencia y validez en la valuación de las carteras de los Fondos Comunes de Inversión, se hace necesario eliminar la discrecionalidad puesta en cabeza de los citados agentes para la valuación de los activos mencionados.
- Que ello impone la revisión del criterio actual, para lo cual deben adoptarse medidas queeliminen la posibilidad de valuar activos en monedas distintas a las de su emisión, ello con la finalidad de evitar que se produzcan distorsiones en el mercado.
Lo anterior es justificado bajo los "principios de 'transparencia', 'información plena' y'eficiencia', así como los derechos del denominado 'consumidor financiero'.
A continuación, el texto completo de la resolución 646 publicada en el Boletín Oficial:
VISTO el Expte. N° 2867/2015, caratulado "CRITERIOS DE VALUACIÓN FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN s/ VALORES NEGOCIABLES EN MONEDA EXTRANJERA", lo dictaminado por la Gerencia de Productos de Inversión Colectiva, la Subgerencia de Asesoramiento Legal y la Gerencia de Asuntos Jurídicos, y
CONSIDERANDO:
Que los artículos 32 de la Ley N° 24.083 y 1° del Decreto N° 174/93 establecen que laCOMISIÓN NACIONAL DE VALORES es autoridad de fiscalización y registro de las sociedades gerentes, las sociedades depositarias y los fondos comunes de inversión; asignándole al Organismo, asimismo, facultades para reglamentar, dictar normas complementarias e interpretar las aplicables dentro del contexto económico imperante.
Que en materia de valuación del patrimonio neto de los fondos comunes de inversión, el inciso c) del artículo 9° del Decreto N° 174/93 dispone que para el caso de divisas la mismase efectúe de acuerdo con el tipo de cambio comprador del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA aplicable a transferencias financieras.
Que, a su turno y en el mismo sentido, el artículo 20 del Capítulo I, Título V de las NORMAS CNV (N.T. 2013 y mod.) estipula que, "Para las suscripciones, rescates, cálculo del valor de cuotaparte y a todo efecto, se aplicarán los siguientes criterios de valuación... La valuación de disponibilidades o tenencias de moneda que no sea la moneda del fondo, y la de los activos negociados en una moneda que no sea la moneda del fondo, se efectuará de acuerdo al tipo de cambio comprador del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA aplicable a las transferencias financieras".
Que actualmente los Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva deFondos Comunes de Inversión pueden valuar los valores negociables adquiridos dentro del mercado local en una moneda distinta a la de emisión de esos valores.
Que en virtud de no encontrarse regladas dichas valuaciones, la utilización de distintos criterios puede traer aparejado una falta de transparencia y una posible distorsión del monto que resulta de la valoración de las carteras de inversiones de los Fondos y, por consiguiente, del valor diario de la cuotaparte.
Que resulta procedente aspirar a alcanzar el mayor grado de uniformidad posible en loscriterios de valuación implementados por los Agentes de Administración para activos en cartera de similares características.
Que con el fin de lograr una debida transparencia y validez en la valuación de las carteras de los Fondos Comunes de Inversión, y ponderando lo indicado precedentemente, se hacenecesario eliminar la discrecionalidad puesta en cabeza de los citados agentes para la valuación de los activos mencionados.
Que, en este sentido, ello impone la revisión del criterio actual, para lo cual deben adoptarse medidas que eliminen la posibilidad de valuar activos en monedas distintas a las de su emisión, ello con la finalidad de evitar que se produzcan distorsiones en el mercado.
Que, para ésto, cabe ponderar principios tales como "transparencia", "información plena", "eficiencia", así como los derechos del denominado "consumidor financiero" (conf artículo 42 de la CN, tomado en los considerandos del Decreto N° 1023/13).
Que, en todo momento, los Agentes de Administración de Productos de Inversión Colectiva deFondos Comunes de Inversión deben privilegiar los intereses de los cuotapartistas, actuando para ello con la diligencia y prudencia propia de un buen hombre de negocios.
Que, asimismo, resulta de aplicación lo dispuesto en la Sección 10.3 del Capítulo 2 de las Cláusulas Generales, en el sentido que ante el caso que la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES introduzca modificaciones al texto de dichas Cláusulas, el administrador y el custodio deberán informar las modificaciones ocurridas realizando una publicación por DOS (2) días en un diario de amplia difusión en la jurisdicción de las mismas.
Que dicha obligación se tendrá por cumplimentada con la publicación que a estos efectos realice la CÁMARA ARGENTINA DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN en representación de sus asociadas.
Que en el caso del Reglamento de Gestión Tipo el mismo se integra tanto por las Cláusulas Particulares del Anexo XIII del Capítulo III, Título V de las NORMAS CNV (N.T. 2013 y mod.) como por las Cláusulas Generales establecidas en el artículo 19 del Capítulo II, Título V del mismo cuerpo normativo (arts. 16, 17 y 18 del Capítulo II cit.).
Que las Cláusulas Generales serán siempre las que surjan del referenciado artículo 19,cuyo texto completo y actualizado se encontrará en forma permanente a disposición del público inversor en la página de Internet de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES en www.cnv.gob.ar y en los locales o medios afectados a la atención del público inversor de los agentes de administración y de custodio.
Que, en este sentido, las Cláusulas Particulares vienen a complementar lo dispuesto en lasCláusulas Generales, y de ningún modo pueden contradecir lo ya reglamentado en este marco general.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 19 inciso g) de la Ley N° 26.831 y de su Decreto Reglamentario N° 1023.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL
DE VALORES
RESUELVE:
DE VALORES
RESUELVE:
Artículo 1° - Sustituir el tercer párrafo del artículo 20 de la Sección II del Capítulo I del Título V y el tercer párrafo de la Sección 3. del Capítulo 4 del artículo 19 de la Sección IV del Capítulo II del Título V de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), por el siguiente texto:
"Todos los valores negociables que se negocien en los mercados extranjeros o los subyacentes de los activos que estén constituidos por valores negociables que se negocien en el exterior deberán ser valuados en la misma moneda en que hayan sido emitidos, siempre y cuando ésta sea la misma moneda de pago, tomando como referencia el precio demayor relevancia en la plaza exterior o bien el precio en dólares de la plaza local cuandono exista cotización en el exterior. A los fines de dicha valuación se deberá utilizar el tipo de cambio comprador del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, aplicable a las transferencias financieras".
Art. 2° - Los Agentes de Administración y de Custodio de Productos de Inversión Colectiva de Fondos Comunes de Inversión deberán informar las modificaciones introducidas en el texto de las Cláusulas Generales de los Reglamentos de Gestión realizando para ello unapublicación por DOS (2) días en un diario de amplia difusión en la jurisdicción de las mismas. Dicha obligación se tendrá por cumplimentada con la publicación que a estos efectos realice la CÁMARA ARGENTINA DE FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN en representación de sus asociadas.
Art. 3° - La presente Resolución General entrará en vigencia a partir del mismo día de su publicación.
Art. 4° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial, remítase copia de la presente al BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, incorpórese a la página web del Organismo en www.cnv.gob.ar y, oportunamente, archívese. - Cristian Girard. - David Jacoby. - Guillermo Paván.
Fuente: iprofesional
Expertos advierten que la nueva resolución de la CNV podría distorsionar los estados financieros de Fondos Comunes de Inversión
Las normas contables locales establecen que las inversiones en este tipo de activos se medirán a su valor neto de realización, es decir, a los precios observables en el mercado correspondientes a transacciones no forzadas entre independientes, en las condiciones habituales de negociación
La resolución 646 emitida por la Comisión Nacional de Valores (CNV), publicada este viernes en el Boletín Oficial, establecerá un nuevo criterio de medición para los valores negociables que coticen en el exterior. Estos activos nominados en moneda extranjera deberán medirse utilizando el tipo de cambio comprador del Banco Nación (el cual determina diariamente el Banco Central de la República Argentina).
Ahora bien, esta norma de carácter legal impuesta por la CNV a los Fondos Comunes de Inversión no se encuentra en línea con la metodología de medición prevista por las Normas Contables Profesionales vigentes.
Las normas contables locales, por medio de la resolución técnica 17, emitida por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) establece que las inversiones en este tipo de activos se medirán a su valor neto de realización, es decir, a los precios de contado observables en el mercado correspondientes a transacciones no forzadas entre partes independientes, en las condiciones habituales de negociación. En la actualidad, esta medición no considera la utilización del tipo de cambio del Banco de la Nación Argentina (impuesto por la nueva norma de la CNV), debido a que este no es el tipo de cambio al cual se negocian estos valores en el mercado.
Por su parte, y en el mismo sentido, las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), también adoptadas por la CNV para las entidades bajo su órbita, establece que este tipo de inversiones, cuando son mantenidas para su negociación en el corto plazo, deben medirse a su valor razonable, el cual surge básicamente de los valores de mercado existentes para ese activo.
Así, la medición contable requerida ahora por la CNV colisionará con el cumplimiento de normas contables profesionales de medición tanto nacionales como internacionales y obligará a los Fondos Comunes de Inversión a registrar en sus Estados Financieros pérdidas significativas con motivo de la menor valuación contable de estos activos requerida por la norma, en comparación con sus mayores valores de mercado.
Para evitar esta situación y no ver disminuida su rentabilidad contable, los Fondos han salido a vender sus posiciones de bonos en dólares, situación que derivó en una baja de cotización del contado con liquidación y de la bolsa.
Si bien no es la primera ocasión en que una norma legal contradice una norma contable, en este caso queda claramente evidenciado que el cambio responde a una necesidad de política económica. Una vez más, cuestiones ajenas a criterios técnicos imponen cambios en los Estados Financieros, por una necesidad política y en detrimento de la utilidad y confiabilidad de la información financiera que deben proveer los mismos. En este nuevo contexto, serán síndicos y auditores externos quienes deberán evaluar el impacto de la misma en los estados financieros al momento de emitir una opinión en sus respectivos informes.
En síntesis, los estados financieros que cumplan con esta nueva norma dispuesta por la CNV estarán en claro conflicto con las normas contables profesionales vigentes, generando diferencias que distorsionarán la razonabilidad de la información contable de publicación y que, en caso de ser significativas, deberán ser identificadas y mencionadas por los auditores externos en los correspondientes informes de auditoría.
Fuente: iprofesional
Las medidas de la CNV no afectan la rentabilidad de las inversiones de los fondos comunes de inversión
El Ministerio de Economía aseguró que el valor de las inversiones del conjunto de los Fondos Comunes de Inversión, no tuvo prácticamente modificaciones desde que se dio a conocer la instrumentación de la Resolución 646.
El Ministerio de Economía aseguró que el valor de las inversiones del conjunto de los Fondos Comunes de Inversión, no tuvo prácticamente modificaciones desde que se dio a conocer la instrumentación de la Resolución 646 de la Comisión Nacional de Valores, que establece que los títulos en dólares en manos de los FCI se liquiden por el valor del dólar tipo comprador del Banco Nación.
El Palacio de Hacienda informó el titular de la cartera, Axel Kicillof, mantuvo un encuentro con los representantes de la Cámara Argentina de Fondos de Inversión, quienes le informaron que desde que se aplicó la Resolución 646 el valor de las cuotas partes descendieron 0,76%, una variación considerada poco "significativa".
En ese marco, los representantes dijeron que "el valor de las inversiones del conjunto de los fondos de inversión, no tuvo modificaciones prácticamente", según el comunicado del Ministerio de Economía.
El Palacio de Hacienda destacó que los títulos incluidos en la normativa de la CNV explican el 6% de las inversiones de los Fondos Comunes, mientras que la Cámara precisó que solo el 7% del total de las inversiones del sector corresponden a personas físicas.
Desde el lunes 21 de septiembre y hasta ayer, la variación ponderada de la cuotaparte de todos los fondos comunes de inversión se redujo en un 0,76%, mientras que las bolsas del mundo cayeron por encima de ese porcentaje.
A modo de ejemplo citantos que Wall Street cayó -2,1%; Alemania, -5,2%; Francia, -5,2%; España, -5,7%, Japón, -2,8%; Brasil, -2,5%; Rusia, -4,9%, México, -2,4%; Chile, -1,8%.
Economía advirtió que en Argentina, "la prensa 'especializada' intentó instalar que la caída en la cotización de los títulos públicos argentinos había sido causada por la mencionada resolución".
"Sin embargo, cuando se analiza la evolución de los títulos públicos comparables al BONAR 24 de Argentina en la región y en el mundo, nuevamente esa afirmación resulta desmentida por los hechos", destacó el comunicado de la cartera que conduce Kicillof.
El comunicado precisa que mientras que el BONAR 24 retrocedió 3,1% entre el 21 y el 24 de septiembre, un título comparable de México lo hizo -4,9%; en Indonesia, -4,5%; en Sudáfrica, -4%; en Costa Rica, -4%; y en Turquía, -3,3%.
De la misma manera, hubo países cuyos títulos públicos retrocedieron menos que los de Argentina, como ser Rusia, -2,8%; Uruguay, -2,3%, Brasil, -2,2%; o Perú, -2%.
Además los representantes de la CAFCI señalaron ante el ministro que, "como era esperable, la medida prácticamente no afectó el valor de la cartera de activos que administra la industria, toda vez que los fondos diversifican sus carteras de inversión y no se hallan sobreexpuestos a ningún tipo de evento o riesgo particular".
Según Economía, los representantes de la Cámara afirmaron también que los ahorristas "se encuentran debidamente protegidos, siendo la inversión en Fondos Comunes de Inversión además de una de las inversiones más rentables, una de las más seguras, dada la diversificación de riesgos que realizan los administradores".
En la reunión participaron el secretario de Política Económica, Emanuel Álvarez Agis y el presidente de la Comisión Nacional de Valores, Cristian Girard.
Fuente: Telam
El Palacio de Hacienda informó el titular de la cartera, Axel Kicillof, mantuvo un encuentro con los representantes de la Cámara Argentina de Fondos de Inversión, quienes le informaron que desde que se aplicó la Resolución 646 el valor de las cuotas partes descendieron 0,76%, una variación considerada poco "significativa".
En ese marco, los representantes dijeron que "el valor de las inversiones del conjunto de los fondos de inversión, no tuvo modificaciones prácticamente", según el comunicado del Ministerio de Economía.
El Palacio de Hacienda destacó que los títulos incluidos en la normativa de la CNV explican el 6% de las inversiones de los Fondos Comunes, mientras que la Cámara precisó que solo el 7% del total de las inversiones del sector corresponden a personas físicas.
Desde el lunes 21 de septiembre y hasta ayer, la variación ponderada de la cuotaparte de todos los fondos comunes de inversión se redujo en un 0,76%, mientras que las bolsas del mundo cayeron por encima de ese porcentaje.
A modo de ejemplo citantos que Wall Street cayó -2,1%; Alemania, -5,2%; Francia, -5,2%; España, -5,7%, Japón, -2,8%; Brasil, -2,5%; Rusia, -4,9%, México, -2,4%; Chile, -1,8%.
Economía advirtió que en Argentina, "la prensa 'especializada' intentó instalar que la caída en la cotización de los títulos públicos argentinos había sido causada por la mencionada resolución".
"Sin embargo, cuando se analiza la evolución de los títulos públicos comparables al BONAR 24 de Argentina en la región y en el mundo, nuevamente esa afirmación resulta desmentida por los hechos", destacó el comunicado de la cartera que conduce Kicillof.
El comunicado precisa que mientras que el BONAR 24 retrocedió 3,1% entre el 21 y el 24 de septiembre, un título comparable de México lo hizo -4,9%; en Indonesia, -4,5%; en Sudáfrica, -4%; en Costa Rica, -4%; y en Turquía, -3,3%.
De la misma manera, hubo países cuyos títulos públicos retrocedieron menos que los de Argentina, como ser Rusia, -2,8%; Uruguay, -2,3%, Brasil, -2,2%; o Perú, -2%.
Además los representantes de la CAFCI señalaron ante el ministro que, "como era esperable, la medida prácticamente no afectó el valor de la cartera de activos que administra la industria, toda vez que los fondos diversifican sus carteras de inversión y no se hallan sobreexpuestos a ningún tipo de evento o riesgo particular".
Según Economía, los representantes de la Cámara afirmaron también que los ahorristas "se encuentran debidamente protegidos, siendo la inversión en Fondos Comunes de Inversión además de una de las inversiones más rentables, una de las más seguras, dada la diversificación de riesgos que realizan los administradores".
En la reunión participaron el secretario de Política Económica, Emanuel Álvarez Agis y el presidente de la Comisión Nacional de Valores, Cristian Girard.
Fuente: Telam
Suscribirse a:
Entradas (Atom)


