La expectativa se basa en que la ley en su artículo 41,
establece los montos del impuesto especial que se pagarán por los bienes que se
blanqueen según el volumen y la fecha del blanqueo y en el artículo 42 se
especifica con la compra de qué instrumentos se quedará exceptuado del pago de
este impuesto especial.
La ley de blanqueo de capitales promulgada genera
expectativa entre los operadores del mercado, que esperan ahora una rápida
reglamentación de la ley para conocer la letra más fina de cada uno de los
elementos que pueden sumarle interés a la plaza doméstica.
"Esperamos la reglamentación, para determinar qué tipo
de Fondos comunes son elegibles. Lo que tenemos definido es que vamos a
participar de esta propuesta pero necesitamos saber cuáles serán
elegibles", dijo Nora Trotta,
presidente de MegaInver, una de las firmas líder del segmento y pionera en
lanzar el primer fideicomiso financiero destinado al consumo en 2004.
A grosso modo se indica que "no deberán abonar el
impuesto especial los fondos que se afecten a:
-un bono en dólares a tres años a adquirirse hasta el 30 de
septiembre de 2016, inclusive, intransferible y no negociable con un cupón de
interés de cero por ciento -un bono en
dólares a siete años a adquirirse hasta el 31 de diciembre de 2016, inclusive,
intransferible y no negociable durante los primeros cuatro años de su vigencia.
El bono tendrá un cupón de interés de uno por ciento
La adquisición en forma originaria del presente bono
exceptuará del impuesto especial un monto equivalente a tres (3) veces el monto
suscripto -suscribir o adquirir cuotas partes de fondos comunes de inversión,
abiertos o cerrados, cuyo objeto sea la inversión en instrumentos destinados al
financiamiento de infraestructura, inversión productiva, inmobiliarios,
energías renovables, pequeñas y medianas empresas, préstamos hipotecarios
actualizados por Unidad de Vivienda (UVI), desarrollo de economías regionales y
demás objetos vinculados con la economía real.
Los fondos deberán permanecer invertidos en dichos
instrumentos por un lapso no inferior a cinco años a partir de la fecha de su
suscripción o adquisición.
Este último punto es el que mayor expectativa genera puesto
que deberá conocerse la reglamentación y a partir de allí comenzará el diseño
de los productos.
"Nuestra impresión es que el segmento de fondos con
destino inmobiliario va a ser muy atractivo debido a la falta de financiamiento
que hoy hay en la Argentina para aquel que quiere adquirir una propiedad y no
tiene el dinero disponible y por la falta de unidades también que hay. Va a
reactivar el mercado", agregó Trotta quien reiteró que a la salida de la
reglamentación comenzarán el diseño de los instrumentos que se adapten a esta
demanda.
Pero ¿qué alternativa conviene a la hora de elegir entre las
tres opciones señaladas en la ley para evitar el pago del impuesto especial?.
La respuesta dependerá de "cada caso en particular", remarcó Paula
Premrou, CEO de Portfolio Personal según el tipo de inversor o de los planes
que pueda tener el inversor para los próximos años
Pero más allá de las individualidades desde el punto de
vista financiero hay una primera evaluación de cuál es la opción más
conveniente.
"Estimamos que la primera alternativa, la de un bono a
tres años, intransferible y no negociable y con interés cero no es
atractivo", indicó Premrou. La analista explicó que un bono con un plazo a
tres años, rinde por encima de lo que implica el pago del impuesto y permite
liquidez y disponibilidad por eso descartaría su recomendación a alguien que
ingresará al blanqueo.
Para el caso del bono a 7 años Premrou sostuvo que dependerá
del perfil del inversor, como en caso anterior remarcó que los fondos al ser
invertidos en bonos suponen la inmovilidad del dinero en este caso por los
primeros cuatro años. Por ello dependerá de la necesidad de liquidez que se
pueda tener de este capital.
En cuanto a la opción de los FCI, Premrou sostuvo que en
este caso dependerá de las alternativas que se generen y para ello habrá que
esperar la reglamentación de la ley. En principio la especialista indicó que
por lo que se sabe hasta ahora esta opción tendría elementos que la hacen
selectiva "ya que la ficha mínima sería por u$s 250.000. Es decir que, de
confirmarse esta característica en la reglamentación de la ley, se dejará a una
porción afuera de esta posibilidad".
"El Gobierno ha elegido los vehículos necesarios que
apuntan a hacer caja, con el ingreso de efectivo aquellos que elijan la opción
del pago del impuesto; financiamiento a partir de los bonos y apuntalamiento de
la economía real a partir de los FCI", concluyó la especialista.
Fuente: telam.com.ar
Resistencia, 23 de julio de 2016

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