viernes, 6 de noviembre de 2015

La Justicia acepta el email como notificación laboral fehaciente del trabajador
La Cámara del Trabajo se aparta del concepto rígido de la ley y acepta el correo electrónico para comunicar matrimonio o enfermedad del empleado
 Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dejó sentado en dos fallos el criterio de considerar válidas las notificaciones remitidas por empleados vía correo electrónico para notificar el matrimonio en un caso y el estado de enfermedad en el otro, dejando de lado la exigencia de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) de "notificación fehaciente".
Se está dando al email una importancia con la que hay que tener cuidado porque puede extenderse a otras cuestiones. Es cierto que no se puede desconocer el avance tecnológico, pero por como está estructurada la LCT y las consecuencias que establece, esas herramientasno dan seguridad de quién envió, cuándo, desde dónde y quién recibió ese correo electrónico, y se pueden generar situaciones de injusticia",

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