El organismo a cargo de Alberto Abad habilitó por unos días
esta posibilidad. Se debe a que muchos contribuyentes no habían realizado este
último paso, aún cuando ya habían pagado el impuesto especial
La AFIP informó que quienes no enviaron la "declaración
voluntaria y excepcional de bienes en el país y en el exterior"
correspondiente al blanqueo de capitales, podrán hacerlo ahora.
El organismo a cargo de Alberto Abad habilitó por unos días
esta posibilidad. Se debe a que muchos contribuyentes no habían realizado este
último paso, aún cuando ya habían pagado el impuesto especial.
Muchos contribuyentes advirtieron este olvido en estos días
cuando se pusieron a confeccionar la declaración de Bienes personales web.
Al respecto, la AFIP se comunicará a través de la ventanilla
electrónica al solo efecto de avisarle al contribuyente en cuestión que se
habilitará la transacción para presionar el botón de presentación que completa
el trámite del blanqueo.
Desde el fisco nacional aclararon que la posibilidad de
completar esta acción estará disponible por un breve lapso de tiempo, por lo
que se debe estar atento a las comunicaciones que se efectúen en la ventanilla
electrónica.
Asimismo, el organismo de recaudación deja en claro que no
es posible incorporar bienes ni pagar diferencias de impuestos. Solo se prevé
la posibilidad de presionar el botón “enviar” para obtener el formulario 2009.
Nueva prórroga
Complementariamente, el fisco nacional decidió dar un
respiro a los contribuyentes y dispuso prorrogar hasta el 14 de julio inclusive
la presentación de las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales
para personas humanas. No obstante, mantiene las fechas originales para la
concreción del pago.
La medida, que se publicará próximamente en el Boletín
Oficial, apunta a facilitar el cumplimiento de las obligaciones, habida cuenta
del impacto que el recientemente concluido Sinceramiento Fiscal tiene sobre
estas declaraciones.
Considerando que la prórroga de tres semanas no alcanza a las fechas de pago,
el calendario queda definido de la siguiente manera:
Asimismo se decidió prorrogar, hasta el 21 de julio
inclusive, la presentación de la declaración jurada informativa de Ganancias y
Bienes Personales, para empleados que hayan obtenido ingresos brutos anuales
superiores a $500.000 durante el año 2016.
Bienes Personales web
En tanto, la AFIP ya habilitó por completo el nuevo servicio
web para confeccionar y presentar las declaraciones juradas anuales 2016 del
Impuesto sobre los Bienes Personales.
El servicio está disponible para cada contribuyente, por lo
que no es necesario habilitarlo desde servicios interactivos.
¿Quienes pueden presentar por medio de la plataforma Bienes
Personales web?
Los contribuyentes y responsables en Bienes Personales
deberán confeccionar sus declaraciones juradas del impuesto del período fiscal
2016 y siguientes, conforme se establece -para cada caso- a continuación:
a) Los
que hubieran adherido al sistema voluntario y excepcional de declaración de
tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el
exterior, del Régimen de Sinceramiento Fiscal: a través del servicio denominado
“Bienes Personales Web”, que generará el formulario de declaración jurada F.
762/D.
Fuente: El Contador
Online
Para ello, deberán contar con clave
fiscal, con nivel
de seguridad 2 como mínimo.
b) Los responsables sustitutos de Bienes Personales -aún cuando hubieran adherido al
sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional,
extranjera y demás bienes en el país y en el exterior-: únicamente por el aplicativo unificado denominado “GANANCIAS
PERSONAS FÍSICAS - BIENES PERSONALES - Versión 18”.
c) El resto de los ciudadanos: podrán optar por alguna de las formas citadas anteriormente. Se
encuentran comprendidos en este punto aquellos sujetos que hayan adherido a los
beneficios para contribuyentes cumplidores de la Ley de Blanqueo. A tal fin,
deberán neutralizar
el impuesto determinado, consignando dicho
importe en el campo destinado a tal fin en ambas aplicaciones.
Los ciudadanos que utilicen el servicio denominado “Bienes
Personales Web” quedarán obligados a continuar utilizándolo en los períodos
fiscales siguientes.
Bienes Personales web por dentro
Las principales novedades de la nueva versión web son las
siguientes:
1) Importa automáticamente lo declarado en el periodo fiscal
2015 y lo que fue sincerado en caso de haber adherido al blanqueo de capitales.
El aplicativo obliga a cargar los siguientes datos respecto
de los bienes sincerados:
a) Valuación actualizada al 31 de diciembre pasado.
b) Si el bien sincerado lo vendiste antes de fin de año y no
lo tenías en tu patrimonio a esa fecha.
c) Si se trata de un bien exento
d) Nuevos datos exigidos para algunos bienes.
e) Demás datos obligatorios que no hayan sido importados.
2) Los bienes que no tienen los datos completos tendrán una
expresión en rojo indicando “faltan datos” en el listado.
3) En cada rubro se indicará el subtotal correspondiente a
la cantidad de bienes.
4) Si sinceraste tenencia de moneda, tuviste que depositarlo
en una cuenta, en esta declaración el dinero sincerado va a figurar como dinero
en efectivo. Si al 31 de diciembre pasado este dinero permanecía en la cuenta
"por no haber sido afectado a la compra de un bien", tenés que
declararlo como depósito en cuentas detallando la información correspondiente.
5) Los bienes en el país y en el exterior estarán en el
mismo listado. Para distinguirlos debe ingresarse el país de residencia en cada
uno de ellos.
6) Respecto a los bienes sincerados se aclara que: Aquellos
que ya no se encuentren en el patrimonio al 31 de diciembre pasado, no pueden
borrarse, sino que deben editarse indicando "Baja en el período que se
declara"
7) En el caso de portfolio de inversiones hay que
identificar si las especies tienen cotización o no, sino se encuentran
alcanzados hay que registrarlos como "exento por ley", en este caso,
podrá editarse el monto gravado restando lo exento y agregar un bien exento en
la lista de bienes. Lo mismo debe realizarse si en un porfolio hay títulos con
y sin cotización.
8) Sólo pueden borrarse los rubros nuevos que se ingresen y
los importados desde la declaración jurada 2015.
9) Si vas a delegar el servicio Bienes Personales Web, para
que presenten en tu nombre, tené en cuenta que quien esté autorizado va a poder
acceder a toda la información de tu sinceramiento fiscal.
Fuente: iprofesional.com
Resistencia, 17 de junio de 2017
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