miércoles, 22 de abril de 2020

AFIP: se extiende 90 días la obligación de informar los cambios de organización en empresas

La obligación de comunicación deberá cumplirse dentro de los 180 días a partir de la fecha de la reorganización.
La AFIP concedió este plazo a fin de que los contribuyentes y responsables "cumplan la obligación de comunicación de la reorganización establecida".
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió con carácter excepcional otorgar un plazo adicional de 90 días para el cumplimiento de las obligaciones a los contribuyentes y responsables que deben efectuar la comunicación de la reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones.

Lo hizo a través de la resolución general 4700/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial, como consecuencia de la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno ante la pandemia de coronavirus.

La ley del Impuesto a las Ganancias establece una obligación a cargo de los contribuyentes y responsables de comunicar a AFIP los supuestos de reorganización de sociedades, fondos de comercio, empresas o explotaciones.

La norma dispone que la obligación de comunicación deberá cumplirse dentro de los 180 días a partir de la fecha de la reorganización, entendiéndose por esta última la fecha de comienzo por parte de la empresa continuadora.

La AFIP consideró conveniente conceder un plazo adicional a fin de que los contribuyentes y responsables cumplan la obligación de comunicación de la reorganización establecida.



Fuente: Ambito

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