martes, 25 de abril de 2017

Sueldo de las Empleadas Domesticas. Cuestiones a tener en cuenta

Algunas cuestiones a tener en cuenta tantos por los empleados como por los empleadores a la hora de la regularización.

Lo primero que hay que dejar en claro es que la escala salarial del personal domestico distingue dos categorías, personal con retiro y personal sin retiro; además la ley establece distintas categorías, las cuales se dividen en 5 escalas, definidas según su actividad.
retiro
En la primera, se incluye el servicio doméstico que tiene personal a cargo; en la segunda, aquellos empleados que cumplen tareas específicas que necesiten personas idóneas; en la tercera, caseros o trabajadores para el cuidado general de la vivienda; en la cuarta, todos aquellos que asistan o cuiden personas, desde ancianos hasta enfermos o niños; y en la quinta, la más común, las tareas de limpieza general.

Para la categoría cinco, la más extendida porque engloba al trabajador con tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas, y en general "todas las tareas domésticas típicas del hogar", el sueldo mínimo mensual para una persona con retiro deberá ser, $ 7126,50 ($ 57,50 la hora).
¿Cómo se calcula el sueldo mensual? 
Según la interpretación de contadores especialistas en temas laborales, abogados del sindicato y miembros del Ministerio de Trabajo, los montos corresponden a 48 horas semanales, u 8 horas diarias por 6 días (el máximo que fija la ley de Empleados de Casas Particulares), pero, en caso de que los empleados trabajen menos, se puede tomar como trabajo a tiempo parcial (y sacar un proporcional).
El tiempo parcial solo correspondería si es por menos de 2/3 del tiempo (esto dice la Ley de Contrato de Trabajo), es decir 32 horas semanales. Entonces, para menos de 32 horas semanales, se saca una proporción del valor mensual (que corresponde a 48 horas) y entre 32 y 48 horas semanales, se debe tomar el monto total por categoría y pagar el valor completo.
Ejemplos con valores a partir de diciembre de 2016, para la 5º categoría
·         48 horas semanales: $ 7.126,50 (sueldo completo)
·         36 horas semanales: $ 7.126,50 (sueldo completo)
·         30 horas semanales: $ 4.454,06 ($ 7.126,50 /48 hs. * 30 hs)
·         24 horas semanales: $ 3.563,25 ($ 7.126,50 /48 hs. * 24 hs)
·         20 horas semanales: $ 2969.375 ($ 7.126,50/48 hs. *20 hs)
·         16 horas semanales: $ 2.375,5 ($ 7.126,50 / 48 hs. * 16 hs).

¿Cuándo se paga por hora? 

Este tema no está especificado en ninguna norma. Había una interpretación del Ministerio que señalaba que por menos de 20 horas semanales había que abonar por hora.
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Los contadores, y algunos abogados laboralistas plantean que todo depende de la forma de la prestación. Si una persona va un par de veces a la semana y se le paga en el día, se toma el valor hora. Si no, se tomará el monto mensual.

¿Cuánto es el pago obligatorio mensual a la AFIP por un trabajador del servicio doméstico?

Además del pago del sueldo, todos los empleadores también tienen que realizar aportes obligatorios a la AFIP, los cuales dependen de la cantidad de horas semanales de trabajo.
Las sumas son fijas por mes, independientemente del monto del sueldo:
Por. Cr. Frías, Rafael

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