La Asociación de Defensa de los Consumidores y Usuarios de
la Argentina (Adecua) presentó ante las autoridades del Banco Central un
escrito que rechaza la incorporación de dos nuevas medidas que, según su
criterio, flexibilizan la seguridad bancaria.
Se trata de las comunicaciones "A" 6182 y 6142
emitidas en enero y febrero de 2017 donde el BCRA habilita a las entidades
bancarias a prescindir del aviso directo y/o presencia de la fuerza de
seguridad si adoptan la modalidad de entintado de billetes y/o el monitoreo
remoto a distancia de las sucursales.
ADECUA cuestionó también que en lugar de reforzar la
seguridad de los consumidores sumando medidas que los protejan, los bancos
tengan la posibilidad de optar por un sistema de seguridad u otro en lugar de
la coexistencia del mismo, según informaron en un comunicado.
Según Sandra González, presidenta de Adecua,
"realizamos una presentación espontánea para que el Banco Central revea
las modificaciones propuestas en sistema de seguridad bancaria".
"Estamos convencidos que las mismas van en detrimento
de la seguridad de los consumidores", agregó.
Durante el escrito Adecua detalla falencias que tienen las
nuevas medidas y puntos que no se tuvieron en cuenta a la hora de emitir las
comunicaciones.
En lo que respecta a seguridad policial, por ejemplo, hoy
los cajeros automáticos están conectados con un sistema de alarma a distancia
con la dependencia de seguridad policial correspondiente de forma directa, es
decir, sin intermediarios. La nueva medida del BCRA permite reemplazar el
vínculo de alarma policial por un enlace con la central de monitoreo propia de
las entidades bancarias generando un paso intermedio que impide la presencia
inmediata de las fuerzas de seguridad.
Asimismo, en el caso de que la entidad adopte el monitoreo
remoto de sucursales, podrán prescindir de la presencia del personal de las
fuerzas de seguridad.
Otro de los puntos que destaca Adecuua en el escrito es que
no se tuvieron en cuenta algunas leyes a la hora de elaborar las nuevas
medidas. El art. 2º de la Ley 19.130 de Seguridad Bancaria y sus Decretos
Reglamentarios 8531/63 y 1284/73, indica que no se debe prescindir del
asesoramiento técnico de la Policía Federal. En esto punto, las autoridades no
han sido consultadas.
Por otra parte, también se viola el art. 283 del Código
Penal que establece presión a aquel que altere color de la moneda de curso
legal. Es decir, es contradictorio permitir un sistema que incorpora entintado
de billetes.
"Esperamos que el BCRA revise ambas Comunicaciones y
privilegie ante todo la seguridad de los usuarios", concluyó González.
Fuente: ámbito.com
Resistencia, 8 de abril de 2017
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