De ahora en más aquellas personas físicas que hayan
registrado los datos biométricos conforme a lo establecido en la presente y,
con posterioridad, soliciten la modificación de alguno de ellos, deberán
actualizar, además, la restante información no modificada (fotografía y/o firma
y/o huella dactilar y/o documento de identidad) y ratificar nuevamente los
datos biométricos en la forma indicada en el párrafo precedente.”
Según se detalla en su
Artículo 25 Los trámites presenciales se realizaran de la siguiente
manera:
a) Contribuyentes y/o
responsables: en cualquier dependencia de la Dirección General Impositiva o
de la Dirección General de Aduanas de esta Administración Federal, en tanto
cuenten con sus datos biométricos registrados conforme a lo previsto por la
Resolución General Nº 2.811 y su complementaria, en caso de no poseerlos
deberán concurrir a la dependencia de la Dirección General Impositiva que
corresponda a su domicilio fiscal para su registración.
b) Sujetos que posean
Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI):
podrán concurrir a cualquier dependencia de la Dirección General Impositiva,
aun tratándose de la registración de sus datos biométricos.
Los trámites de Blanqueo de los sujetos mencionados en a) y b) se realizan conforme se detalla
en el procedimiento de Blanqueo de Contraseña para trámites presenciales.
Aquellas personas humanas que posean registrados los datos
biométricos y con posterioridad soliciten ante cualquier dependencia la
modificación de alguno de ellos, deberán actualizar además, la restante
información no modificada (fotografía y/o firma y/o huella dactilar y/o
documento de identidad) y ratificar nuevamente los datos biométricos.”
MEDIANTE TRÁMITE
ELECTRÓNICO
Nivel de Seguridad 1:
la solicitud se efectúa a través de “Internet” al sitio
(http://www.afip.gob.ar). Al ingresar el número de identificación —Clave Única
de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral
(CUIL) o Clave de Identificación (CDI)— se asigna la Clave Fiscal previa
verificación de la validez de estos datos y de que no posea una Clave Fiscal
vigente.
Nivel de Seguridad 2:
la solicitud se efectúa por “Internet”:
a) A través del sitio
institucional (http://www.afip.gob.ar). Al ingresar el número de
identificación —Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único
de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI)— se asigna la
Clave Fiscal previa verificación de la validez de estos datos, de que no posea
una Clave Fiscal vigente y de algún dato no público como ser un pago, datos de
una declaración jurada, etc.
b) Por medio de un
servicio “homebanking”, utilizando el acceso provisto por una entidad
bancaria, sin que se requiera de verificación física (presencial) de la
identidad de la persona que la solicita. El sistema pedirá al usuario la Clave
Única de Identificación Tributaria (CUIT), el Código Único de Identificación
Laboral (CUIL) o la Clave de Identificación (CDI), —los datos de identificación
serán aceptados previa verificación de la validez de los mismos y siempre que
no hayan sido usados para otorgar otra Clave Fiscal—, así como uno o varios
datos no públicos conocidos por el solicitante y que serán aportados por el
servicio informático de la entidad bancaria.”
PROCEDIMIENTO DE
BLANQUEO DE LA CONTRASEÑA
Ante la necesidad de proceder al Blanqueo de la Contraseña
el usuario tendrá a su disposición los siguientes mecanismos de recuperación:
a) Trámite Presencial:
1. En los puestos de Autogestión de Blanqueo de Clave Fiscal
con identificación de huella digital, en caso que el solicitante hubiere
efectuado previamente el procedimiento de registración y aceptación de sus
datos biométricos.
2. En cualquier dependencia de esta Administración Federal,
acompañando una nota en los términos de la Resolución General Nº 1.128, en
la cual manifieste su voluntad de blanquear la Clave Fiscal.
En los casos citados precedentemente será asignado el Nivel
de Seguridad 3.
b) Trámite
Electrónico:
1. A través del sitio “web” de esta Administración Federal,
en el menú “Acceso con Clave Fiscal”, y dentro de éste en la opción “Blanqueo
de la Contraseña”, ingresando los datos requeridos por el sistema (los cuales
serán de carácter no público, tales como ser un pago, datos de una declaración
jurada, etc.)
2. Por medio de un servicio “homebanking”, utilizando el
acceso provisto por una entidad bancaria, la cual actuará como autoridad
certificante.
3. Por medio de los cajeros automáticos habilitados por las
entidades bancarias.
En los casos citados precedentemente, será asignado
el Nivel de Seguridad 2 en forma posterior a la realización del cambio.Por Cra. Silvia Medina para Gaes Nea
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