sábado, 23 de julio de 2016

AFIP cerrará la posibilidad de blanquear vía moratoria para abaratar el costo impositivo

Se promulgaría la exteriorización de activos y regularización de deudas
La AFIP terminará en los próximos días de definir la reglamentación del blanqueo de capitales y la moratoria impositiva que estarán vigentes desde agosto. Entre algunos puntos que ya tiene definido el organismo tributario, se determinó eliminar la posibilidad de blanquear vía moratoria impositiva para abaratar el costo y que los inmuebles sean valuados en forma “individual” a través de una cotización acercada por el contribuyente. Lo que todavía está en estudio es la implementación de un plan de facilidades para pagar el impuesto especial, que sería de tres o cuatro cuotas, una opción conveniente para quienes exterioricen bienes inmuebles. Tanto el blanqueo como la moratoria impositiva serán promulgadas hoy en el Boletín Oficial.


Según pudo saber BAE Negocios de acuerdo a estudios contables que colaboraron informalmente en la elaboración de la reglamentación, el artículo 20 del borrador que circula entre despachos de profesionales descarta la posibilidad de optar por la moratoria para aprovechar los planes de pago de esta opción (de hasta 90 cuotas) y reducir de esa forma el costo impositivo de regularizarse. Esta opción sólo corría para aquellos que tuvieran bienes a exteriorizar previos al cierre del período fiscal 2009. Tras la aprobación de la ley ómnibus en el Congreso la duda permaneció entre los contadores que necesitaban aconsejar a sus clientes si esta opción era viable, pero la redacción del artículo 20 del borrador la descarta. Los inmuebles, según está previsto en la ley, pagarán una alícuota del 5 por ciento así se trate de bienes en el país o en el exterior. El impuesto especial será del 10% para quienes exterioricen bienes por un valor que no supere los 800 mil pesos (incluyendo inmuebles) hasta el 31 de diciembre, mientras luego de esa fecha el porcentaje se incrementa a 15% hasta el 31 de marzo. Para cualquier caso en que se blanqueen bienes por hasta 305.000 pesos, la operatoria no tendrá costo.

Otro aspecto sobre el que versará la reglamentación será la valuación de los inmuebles, ya que la ley prevé que se utilizará como criterio “el valor de plaza”. Según afirmaron dos fuentes, la AFIP tiene definido que no habrá un sistema general de valuación de los inmuebles, sino que los contribuyentes que quieran ingresar al blanqueo podrán aportar una valuación que será tomada en cuenta por el organismo fiscal.

Otro tema menor que definió la AFIP será sobre el requisito de residencia, ya que existían dudas sobre qué sucederá en el caso de los que por alguna razón perdieron la residencia. “Si bien la ley habla de los que son residentes hasta el 31 de diciembre el reglamento va a aclarar que aquellos que hayan sido (hasta cualquier momento) pero que después la perdieron, también pueden blanquear”, aseguró otra fuente al tanto del trabajo de AFIP.

Entre las dudas que todavía no están resueltas en la reglamentación preliminar una de las principales es cómo se van a valuar las participaciones accionarias de personas que quieran exteriorizarlas. Según explicó a este diario un gerente de un estudio contable, “cuando uno exterioriza participación en sociedades, ¿qué balance hay que tomar como referencia para la valuación de la sociedad? Según se comenta va a ser al último balance cerrado al 1º de enero de 2016. Si tenemos el caso de una sociedad que cierra balances en enero, recién tendríamos que remotarnos a enero de 2015. Ahora, si blanquea una persona física, va a quedar inconsistencia el balance que toma la sociedad con la fecha de preexistencia (a la promulgación de la ley) para la persona física.

En el mejor de los mundos, la AFIP podría reglamentar una balance especial a la fecha de preexistencia para la persona física que es accionista, o bien tomar el último balance cerrado a la fecha de preexistencia”. Otro dato para considerar es que en algunos países no prevén un estatuto para cierre de balances, por lo que AFIP debería establecer un régimen especial para la presentación de balances.

El rojo del sector público fue de $121.203 M en los primeros seis meses
El Gobierno sólo pudo reducir 8% el déficit de las cuentas públicas en el primer semestre
Las cuentas del Estado Nacional cerraron el primer semestre del año con un déficit de $121.203 millones, un 27% más que los $95.066 millones acumulados entre enero y junio de 2015, informó ayer el Ministerio de Hacienda y Finanzas.

Este aumento en el déficit del primer semestre del año se registró a pesar de que ingresos primarios crecieran en $149.410 millones respecto a 2015, mientras que el gasto primario avanzó en $175.547 millones en igual lapso.

En tanto el resultado financiero registró un déficit de $133.221 millones, con una suba del 24% en relación a los $107.137 millones de enero- junio de 2015.

Este resultado se obtuvo luego de que las cuentas del Sector Público Nacional registraran durante junio un resultado primario sin rentas financieras deficitario de $45.099,7 millones, casi el doble que los $22.724 millones de igual mes de 2015.


Al considerar el pago de intereses de la deuda pública, los ingresos por rentas financieras originadas en las utilidades distribuidas por el BCRA y las producidas por el Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Anses, el resultado financiero arrojó una pérdida de $57.587, casi el triple de los 19.982 millones de pesos del mismo mes del año pasado.

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