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domingo, 21 de agosto de 2016

Casi 8 de cada 10 argentinos aprueba el fallo de la Corte y cree que la suba de tarifas no debe exceder el 50%


A horas del fallo de la Corte Suprema que suspendió el incremento de las tarifas de gas, un estudio realizado por la consultora Analogías en el área metropolitana de Buenos Aires, revela que casi 8 de cada 10 argentinos está de acuerdo con la decisión del máximo tribunal.

Puntualmente, el 77,2% se mostró favorable al freno al tarifazo, mientras que un porcentaje similar, el 77,4%, considera que las tarifas previas al incremento eran adecuadas o que deberían subir como máximo hasta un 50%. Sólo un 17% expresó su apoyo a la medida y un 5,8% no tomó posición.


En igual sentido, 75,1% estima que el tope de 400% que definió el gobierno no es razonable.

Por otra parte, más del 40% considera que la Corte fue presionada por el Gobierno nacional y las empresas de energía para fallar a favor del incremento tarifario.

Respecto a las protestas y ruidazos contra el aumento, un 64% las valora positivamente y cree que ejercieron influencia en la decisión judicial.

Además, 72% manifestó que redujo su consumo de gas como consecuencia del incremento tarifario. Por último, pese a la explicación oficial acerca del estado del sistema energético recibido, casi la mitad de los encuestados (48%) afirma que el gobierno de Mauricio Macri es el principal responsable del aumento de tarifas.

Fernando Zack, de la consultora Analogías, sostuvo en declaraciones a Radio 10 que "por un lado, el resultado de la encuesta puede parecer obvio porque a nadie le gusta pagar más por los servicios públicos, sobre todo en un contexto de inflación. Pero sorprende la abrumadora mayoría, porque estaba como instalado que el cuadro tarifario anterior era insostenible".

Destacó además que "un porcentaje muy similar considera que las tarifas previas eran adecuadas o que tendrían que subir como máximo un 50%. No parece arbitrario ese porcentaje, ya que tiene que tener cierto parámetro de razonabilidad respecto del incremento de los salarios en las paritarias. Un aumento de 400% es insostenible".

El relevamiento telefónico se realizó entre la tarde del jueves y la mañana del viernes, en el ámbito del área metropolitana de Buenos Aires, con más de 1.900 casos y un margen de error de 2,2% Geográficamente, la muestra se extendió por los 24 partidos del primer y segundo cordón del conurbano bonaerense, y las 15 Comunas de la Ciudad de Buenos Aires.
Fuente: ámbito.com

Resistencia, 21 de agosto de 2016

jueves, 18 de agosto de 2016

La Corte Suprema Frenó la Suba de las Tarifas de Gas para Usuarios Residenciales

El máximo tribunal declaró nulo el aumento y estableció que para la fijación de nuevos valores son obligatorias las audiencias públicas. los puntos principales del fallo.
A los usuarios residenciales "no se les puede cobrar el aumento ni el retroactivo", resumió uno de los jueces del máximo Tribunal luego del acuerdo en el que se firmó la sentencia que confirmó parcialmente lo resuelto por la Cámara Federal de La Plata.

En una sentencia que se circunscribió a la situación de los "usuarios residenciales", la Corte sostuvo que, para la fijación de la tarifa del gas, la audiencia pública "previa" es de "cumplimiento obligatorio".

El fallo de la Corte, firmado por su presidente Ricardo Lorenzetti y los ministros Elena Highton, Juan Carlos Maqueda y Héctor Rosatti, ratificó la anulación de las resoluciones 28/16 y 31/16 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación.

Al declarar nulas esas resoluciones las tarifas para los usuarios residenciales (que representan el 26 por ciento del total del consumo) deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por la cartera.

Al declarar nulas las resoluciones las tarifas para los usuarios residenciales deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento dispuesto por la cartera.

La decisión de la Corte apuntó al amparo constitucional de los sectores "más vulnerables", en tanto que para el resto de los consumidores (usinas, generadores -34 por ciento del consumo- e industrias -29 por ciento-, entre otras categorías), se mantiene vigente el incremento que surge de las resoluciones ministeriales.

La protección a los "más vulnerables" y porque el Estado Nacional interviene directamente (desde hace más de una década) en la fijación del precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) o "Boca de boca" (dejando de lado al "mercado"), la Corte consideró que también en para determinar es te componente del valor debe realizarse audiencia pública previa.

"Es razonable que, hasta el momento en que efectivamente el precio del gas en el PIST se determine sobre la base de la libre interacción entre la oferta y la demanda, su análisis se efectúe conjuntamente con la revisión de tarifas para la cual es necesaria la celebración de una audiencia pública", indicó.

Fuente: Télam
Jueves, 18 de Agosto de 2016 Resistencia, Chaco.