
Recordamos que, de acuerdo a lo establecido en la resolución (CNEPSMVM) 3-E/2017, el salario mínimo, vital y móvil se incrementa a $ 10.000 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y a $ 50 por hora para los trabajadores jornalizados, a partir del 1/7/2018.
RESOLUCIÓN (CNEPSMVM) 3-E/2017
Salario mínimo, vital y móvil. Prestación por desempleo, ley 24013. Incremento progresivo a partir del 1 de julio de 2017
SUMARIO: Se fija el salario mínimo, vital y móvil para todos los trabajadores comprendidos en la ley de contrato de trabajo (t.o. 1976), los de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, excluidas las asignaciones familiares, de acuerdo con la siguiente escala:
a) A partir del 1/7/2017, en $ 8.860 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 44,30 por hora para los trabajadores jornalizados.
b) A partir del 1/1/2018, en $ 9.500 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 47,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
c) A partir del 1/7/2018, en $ 10.000 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 50 por hora para los trabajadores jornalizados.
Asimismo, se incrementan los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, conforme a lo normado por el artículo 135, inciso b), de la ley 24013, fijándose las sumas siguientes:
a) A partir del 1/7/2017, en $ 2.061 y $ 3.297,60.
b) A partir del 1/1/2018, en $ 2.209,80 y $ 3.535,68.
c) A partir del 1/7/2018, en $ 2.326,03 y $ 3.721,65.
Fuente: ERREPARa) A partir del 1/7/2017, en $ 8.860 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 44,30 por hora para los trabajadores jornalizados.
b) A partir del 1/1/2018, en $ 9.500 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 47,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
c) A partir del 1/7/2018, en $ 10.000 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 50 por hora para los trabajadores jornalizados.
Asimismo, se incrementan los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, conforme a lo normado por el artículo 135, inciso b), de la ley 24013, fijándose las sumas siguientes:
a) A partir del 1/7/2017, en $ 2.061 y $ 3.297,60.
b) A partir del 1/1/2018, en $ 2.209,80 y $ 3.535,68.
c) A partir del 1/7/2018, en $ 2.326,03 y $ 3.721,65.
https://blog.errepar.com/2018/06/27/el-salario-minimo-vital-y-movil-se-incrementa-a-partir-del-1-de-julio-de-2018/
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