La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal dijo que
"negarle la información requerida, se le impide ejercer su función como
organismo de control"
La a Justicia ordenó a la AFIP entregar a la Procuraduría de
Investigaciones Administrativas (PIA) información amparada por el secreto
fiscal sin necesidad de una autorización judicial, al fallar en un planteo de
"inconstitucionalidad" presentado por esa área del Ministerio Público
Fiscal.
Así lo resolvió la Sala I de la Cámara Nacional de
Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que declaró la
"inaplicabilidad" del secreto fiscal por entender que, "al
negarle la información requerida, se le impide (a la Procuraduría de
Investigaciones Administrativas) ejercer su función como organismo de
control".
Se trata de una causa iniciada en 2010 por la entonces
Fiscalía de Investigaciones Administrativas (ahora Procuraduría) ante la
negativa de la AFIP a brindarle información.
La resolución de la Sala I entendió que la AFIP debe poner a
disposición del Ministerio Público Fiscal esa información, pero no se pronunció
en torno a la constitucionalidad o no de esa norma. Entiende que se trata de un
resorte parlamentario y no judicial.
"Corresponde al Congreso Nacional, en uso de sus
facultades constitucionales de fijar la política legislativa, establecer si la
PIA tiene competencia para solicitar a la AFIP sin autorización judicial la
información amparada por el secreto fiscal, y, como contracara, si la AFIP se
encuentra obligada a proporcionar dicha información sin dicha
autorización", afirmó el fallo, difundido por el Centro de Información
Judicial de la Corte Suprema de Justicia.
En este punto, citando jurisprudencia del máximo tribunal,
la resolución remarcó que "es una cuestión de 'política legislativa que
sólo al legislador le incumbe resolver'" si el alcance del "secreto
fiscal" se extiende también a información requerida en el marco de una
investigación judicial por el Ministerio Público Fiscal.
De hecho, el propio fallo -firmado por los camaristas Clara
do Pico, Carlos Grecco y Rodolfo Facio (en disidencia parcial)- subraya que,
"en el ámbito del Congreso Nacional fueron presentados diversos proyectos
de ley tendientes a modificar el artículo 101 de la Ley 11.683, con la
finalidad de que el secreto fiscal no regirá para las solicitudes de
información realizadas por los magistrados del Ministerio Público Fiscal en las
investigaciones que desarrollen aun autónomamente".
Así lo señaló al declarar la "inaplicabilidad" de
la supuesta necesidad de una orden judicial para que la AFIP no pueda ampararse
en el secreto fiscal y deba poner a disposición información requerida por el
Ministerio Público Fiscal.
Fuente: iprofesional.com
Resistencia, 15 de abril de 2017
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